DECLARA CONSUMADA LA PERENCIÓN y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa por RESOLUCIÓN DE CONTRATO, incoada por la ciudadana CÁNDIDA ROSA QUINTERO SANTELIZ, contra la ciudadana DAIBA JOSEFINA HERNÁNDEZ DE GÓMEZ, todo de conformidad con lo previsto en el encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 269 ejusdem.
Como lo accesorio sigue a lo principal, y lo principal lo constituye la perención que aquí se decide, es por lo que se deja sin efecto la Medida Innominada decretada por auto de fecha 30 de junio de 2008, y una vez que quede firme la presente decisión, se procederá a oficiar al Registro Inmobiliario del Municipio Nirgua del Estado Yaracuy, así como a la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio Nirgua, del Estado Yaracuy, poniéndolos en conocimiento de la presente decisión
Notifíquese de la presente decisión a la parte actora, ciudadana Cándida Rosa Quintero Santeliz, así como a la parte dema.....