este Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA como CARGA FAMILIAR del ciudadano Benito José Castillo Mayz, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 16.323.186, residenciada en la Urb. Jiménez Landinez, Av. 8, entre calles 6 y 7, casa Nro 15, Municipio Urachiche estado Yaracuy a la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.
Dada, firmada y sellada, en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe, a los seis (6) días del mes de Junio de 2013. Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.