DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: RECONOCIDO EN SU CONTENIDO, FIRMAS Y, HUELLAS DACTILARES, el instrumento privado referente a una compra venta que le hiciera YEYMY JOSE MENDOZA PÈREZ, mayor de edad, soltero, venezolano, titular de la cedula de identidad, V-15.994.654, de domicilio en la Parroquia Temerla del Municipio Nirgua Estado Yaracuy, a la SOCIEDAD MERCANTIL AGROPECUARIA EL LEON C.A, inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, bajo el Nº 70, tomo: 7-A de fecha 27-01-1.981, representado judicialmente por la Abg. MARIA GABRIELA CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.956.002, inscrita en el Ipsa bajo el N°173.101, de un lote de terreno con una superficie.....