Por todos los razonamientos de hecho y de derecho vertidos en la presente Sentencia, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en la ciudad de Puerto Ordaz, Administrando Justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la Apelación interpuesta por la representación judicial de la Parte Demandada Recurrente, en contra de la decisión dictada en fecha 03 de junio de 2002, por el extinto Juzgado Segundo de Primera Instancia del Tránsito y del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
SEGUNDO: En consecuencia de la declaratoria anterior, se REVOCA el fallo Apelado.
TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE INDEMNIZACIONES POR ENFERMEDAD PROFESIONAL Y DAÑO MORAL, incoara el ciudadano JUAN MONTIEL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número 4.743.269 en contra de la e.....