Este Tribunal Tercero (3º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Bolívar, Sede Ciudad Bolívar, una vez revisado el expediente verifica que se ha dado cumplimiento a lo convenido en la audiencia preliminar celebrada el día Ocho (08) de junio de 2010 y procede en consecuencia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley a impartir la HOMOLOGACIÓN, con efectos de Cosa Juzgada.-