Se dictó sentencia declarándose: PRIMERO: INCOMPETENTE para el conocimiento de la demanda de nulidad incoada por la sociedad mercantil RORAIMA INN BINGO & HOTEL, C.A. contra la providencia Nº SS-2010-1417 dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO "ALFREDO MANEIRO" DE PUERTO ORDAZ, ESTADO BOLÍVAR, el veinticinco (25) de agosto de 2010, que declaró infractora a la empresa recurrente por incumplir la orden de reenganche de la trabajadora Virginia Rocciel Rodríguez Rodríguez, dictada en el procedimiento de inamovilidad laboral e impuso multa. SEGUNDO: DECLINA la competencia en el Juzgado de Primera Instancia del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.