En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de Divorcio fundada en el artículo 185, numeral 2do del Código Civil, presentada por la ciudadana BERIOSKA JOSEFINA VERASTEGUI, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.513.694, domiciliada en la avenida 9, entre calles 1 y 2, casa Nº 9-22, municipio San Felipe del estado Yaracuy, en contra del ciudadano LUIS ALFONSO VALERO QUIROZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.587.764, domiciliado en la avenida 9 esquina de la calle 14, casa Nº 14-2, municipio San Felipe del estado Yaracuy; y en consecuencia "Disuelto el Vinculo Matrimonial", contraído entre ellos el día 1 de diciembre de 1984, por ante la .....