En fuerza de las consideraciones anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por el abogado NOEL AGUIRRE ROJAS, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana YADIRA CERVELIA ROMERO GUTIÉRREZ., en contra del auto de fecha 07 de Febrero de 2020, dictado por el Tribunal de la causa, con motivo del juicio que por ACCIÓN REIVINDICATORIA sigue la ciudadana KATHERINE PIANCA DE PREVITE CONTRA YADIRA CERVELIA ROMERO GUTIÉRREZ. Todo ello de conformidad con las disposiciones legales y jurisprudenciales antes citadas, y los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil. Queda CONFIRMADO el auto de fecha 07 de febrero de 2020, dictado por el Tribunal de la causa, ordenándose al tribunal proceda a dictar sentencia de fondo sin dilación. Se condena .....