PRIMERO: DESISTIDA la Acción por Cobro de Prestaciones Sociales interpuesta por los ciudadanos DEINI EXIQUIO GIMENEZ BRICEÑO, YSABELINO RIVERO OROCHENA y JOSE HILARIO RIVERO, titulares de las cedulas de identidad Nº 15.483.441, 11.274.550 y 3.257.728, contra INSTITUTO AUTONOMO CONTRA LA POBREZA Y LA EXCLUSIÓN SOCIAL DEL ESTADO YARACUY (IAPESEY), ambas partes plenamente identificadas en autos.
SEGUNDO: No hay condenatoria en Costas de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
TERCERO: Remítanse las presentes actuaciones al Tribunal de origen una vez que trascurran el lapso establecido en la ley.