PRIMERO: CON LUGAR la pretensión que por CALIFICACION DE DESPIDO, incoado por el ciudadano YERSON JOSE JOHNSON GARCIA, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 14.669.502, en contra de la Sociedad Mercantil HOTEL GUAYANA C. A;
SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo, no hay especial condenatoria en costas; y
TERCERO: Se ordena la notificación de la Procuraduría General de la Republica de conformidad con lo establecido en el artículo 97 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Líbrese oficio. Así expresamente se decide.