esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: Sin Lugar el Recurso de Apelación, ejercido por los Abogados JHONNY OSWALDO MORENO, ALFREDO DANIEL LOZADA y WILLIAN ALEXANDER GARCOA, Defensores Privados, actuando en representación del ciudadano GUSTAVO RAFAEL GONZALEZ CORO; contra la decisión dictada el día 13-09-2013, por el Tribunal 1º en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra La Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Extensión Puerto Ordaz, en ocasión al acto de Audiencia de Presentación del imputado GUSTAVO RAFAEL GONZALEZ CORO; decisión ésta que fuere fundamentada en Auto de fecha 17-09-2013, y donde se declara admitir la precalificación aportada por el Ministerio consistente en TRATA DE PERSONAS NIÑA CON FIN DE ADPCION IRREGULAR, ASOCIACION, FORJAMIENTO DE DOCUMENTOS OFIC.....