Se dictó sentencia declarándose: PRIMERO: INCOMPETENTE para el conocimiento de la demanda de nulidad incoada por la sociedad mercantil SERVI CAUCHOS NOHELYS, C.A. contra la providencia administrativa Nº 2011-00444 dictada el veintiuno (21) de octubre de 2011 por la Inspectoría del Trabajo de Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, mediante la cual la declaró infractora de las normas laborales consagradas en los artículos 237, 624 de la Ley Orgánica de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con el 236 de su Reglamento y los artículos 777, 778 y 866 del Reglamento de la Ley Sobre Condiciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo y le impuso multa de cincuenta y seis mil doscientos noventa y ocho bolívares con ochenta céntimos (Bs. 56.298,80). SEGUNDO: DECLINA la competencia en el Juzgado de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.