Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la Apelación interpuesta por el ciudadano SIMÓN ALONZO, en su condición de Apoderado Judicial de la parte demandante recurrente, contra la sentencia dictada en fecha quince (15) de noviembre del año dos mil trece (2013), por el Juzgado Cuarto (4to) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz. En consecuencia de ello, se MODIFICA, la decisión dictada en fecha quince (15) de noviembre del año dos mil trece (2013), por el Juzgado Cuarto (4to) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz. PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda por COBRO DE INDEMNIZACION POR ENFERMEDAD OCUPACIONAL, incoada por el ciudadano EULISE ALVARITO ZAMBRANO, en contra de la sociedad mercantil CLINICA CHILEMEX, C.A. No hay condenatoria en Costas dada la naturaleza del fallo.-