IV
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA, la Apelación ejercida por el Profesional del Derecho, el ciudadano JOSE DE JESUS DIAZ, Abogado en Ejercicio y de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 49.544, en su condición de coapoderado Judicial de la Parte demandante recurrente, en contra la decisión de fecha 04 de Noviembre de 2013, dictado por el Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz.
SEGUNDO: En consecuencia de ello, se CONFIRMA en todo y cada una de sus partes, la decisión de fecha 04 de Noviembre de 2013, dictado por el Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscr.....