Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO a tenor de lo dispuesto en los Artículos 313 ordinal 2° y 314 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, contra de los ciudadanos GUELMI ANTONIO CAMPOS ACEVEDO los delitos de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO previsto y sancionado en el artículo 149 de la Ley de Droga, HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE AUTORES por motivos fútiles e innobles previsto y sancionado 406, ordinales 1 en concordancia 83 del Código Penal. En perjuicio JESUS MANUEL NARVAEZ MALAVE Y HUMBERTO GREGORIO GUZMAN, HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE AUTORES por motivos fútiles e innobles previsto y sancionado 406, ordinales 1 en concordancia 83 del Código Penal. En perjuicio MOROCOIMA MOISES y en relación a los ciudadanos, CARLOS JAVIER MORANDY, y MIGUEL ALEJANDRO SANTIL MOYA en relación a estos ciudadanos los delitos de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO previsto y