MEDIACION POSITIVA. en el dia de hoy 07-04-2009, a las 11:00 a.m tuvo lugar la prolongacion de la audiencia preliminar en el presente juicio y visto que la mediación ha sido positiva y por cuanto en el proceso de mediación no se vulneraron derechos irrenunciables del trabajador JOSE RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.943.189 y de este domicilio, ni normas de orden público, este Tribunal Homologa los acuerdos alcanzados por las partes, en todas y cada una de sus partes dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dándose por concluido el proceso. Asimismo se ordena agregar a los autos copias del cheque Nº 00208335, emitido por el Banco Provincial, y el Archivo del expediente hasta tanto conste en autos el cumplimiento definitivo de loa cordado en esta audiencia. Fueron devueltas las pruebas por solicitud de las partes.-