Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, declara: SIN LUGAR LA APELACIÓN ejercida en fecha 24 de Febrero de 2014, por el abogado LUIS PERRONI BLANCO, en su condición de apoderado judicial de la parte intimada, ciudadana ESCOLASTICA DEL CARMEN LEREICO, contra la sentencia de fecha 20 de Febrero de 2014, inserta del folio 170 al 184, inclusive de este expediente, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en el procedimiento de Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales, seguido por el abogado JESUS HERRERA LAMAS en contra de la ciudadana ESCOLASTICA DEL CARMEN LEREICO, ambas partes ampliamente identificadas ut supra. En consecuencia una vez recibidas las presentes actuaciones, tal como lo estableció el a-quo en su fallo decl.....