La Notificación en el proceso es un acto fundamental que no puede de ninguna manera relajarse, por cuanto esto conllevaría a la violación flagrante a la garantía constitucional del derecho a la defensa y del debido proceso, pues la figura de la Notificación es un acto indispensable y por demás de orden público, mediante el cual se le informa al demandado el hecho que se ha intentado una acción en su contra, y que por ello se le emplaza a que comparezca al acto de la Audiencia Preliminar en la fecha y hora indicada. En consecuencia de ello, a los fines de garantizar el debido proceso, la certeza jurídica y el derecho a la defensa, considera necesario esta Juzgadora REPONER LA CAUSA como en efecto se REPONE, al estado procesal de fijar la oportunidad de la celebración de la Audiencia Preliminar, cual tendrá lugar al 10º día hábil siguiente, luego que conste en autos la certificación por parte de la ciudadana Secretaria de haberse cumplido con las formalidades de la Notificación de la pa.....