Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO (1º) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, SEDE CIUDAD BOLÍVAR, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PRIMERO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano JOSE ANGEL GUEVARA THILL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.728.278, en contra de la empresa PROAGRO, C.A., por concepto de lucro cesante, ambas partes identificadas en autos. SEGUNDO: No se condena en costa por la naturaleza del fallo.