PRIMERO: SIN LUGAR la acción intentada por COBRO DE DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS DERIVADOS DE LA RELACION LABORAL, que intentara los ciudadanos ALIZO ROJAS VICTORIANO, BARRIOS CARLOS, JOHN H. NELSON, GARCIA GUERRERO JOSE RODOLFO, RODRIGUEZ ORLANDO RAFAEL y MONAGAS MARIA YSABEL, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 8.021.364, V- 9.904.093, V- 8.544.593, V-8.562.870, V- 5.553.755 y V- 12.876.539, respectivamente, en contra de las empresas REVEMIN II, C.A., como demandada principal y solidariamente C.V.G. COMPAÑÍA GENERAL DE MINERIA DE VENEZUELA, C.A. (C.V.G. MINERVEN), plenamente identificadas en autos.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no hay condenatoria en costas; y
TERCERO: Se ordena notificar al PROCURADOR GENERAL DE LA REPUBLICA de conformidad con lo establecido en el artículo 97 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica d.....