Con fuerza en los fundamentos de hechos y de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Primero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO sobre un vehículo MARCA: TOYOTA, MODELO YARIS, AÑO 2007, COLOR AZUL, CLASE: AUTOMOVIL, TIPO AUTOMOVIL, SERIAL DE CARROCERIA: JTDKW9235755062333, SERIAL DEL MOTOR: 2NZ4530741, USO PARTICULAR, PLACAS: FBU11K, PLACAS NUEVAS: AD978ZD, SEGUNDO: Se condena a la parte demandada al reintegro del vehículo descrito en el particular primero al vendedor demandante, sin reintegro de las cantidades canceladas por la compra del mismo por concepto del uso y goce del vehículo en cuestión, las cuales quedan como justa compensación al demandante.
TERCERO: Se condena a la parte demandada al pago de las costas por resultar .....