Se dictó y publicó sentencia interlocutoria mediante la cual se ordena la apertura de un lapso probatorio de ocho (8) días de despacho, conforme a lo establecido en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil, con motivo del juicio por COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMACION) - FRAUDE PROCESAL interpuesto por la ciudadana YANITZA MARIA DELGADO MARTINEZ contra la ciudadana VIRGINIA MARIA AZOCAR GUILARTE.