En merito de lo anteriormente expuesto y con vista a las pruebas consignadas en autos ya valoradas, es por lo que este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, DECLARA: "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" sobre los derechos dejados por el de cujus, JESUS ALFREDO GUTIERREZ quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-4.599.622, fallecido en fecha 23/02/2025 a consecuencia de INSUFICIENCIA RESPIRATORIA AGUDA, NEUMONIA POR BRONCO ASPIRACION, tal como se evidencia de Acta de defunción 56, del libro N°1 del año 2025. A los ciudadanos ZARA MARIA HERRERA DE GUTIERREZ, MARIANGELA DE JESUS GUTIERREZ HERRERA, YASNAIR DE JESUS GUTIERREZ SILVA, JESUS ALFREDO GUTIERREZ SILVA, EDWUIND JOSE GUTIERREZ SILVA Y LUZ ELIZABETH GUTIERREZ TIRADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad Nro. V-8.855.375, V-19.297.727, V-17.839.239, V-1.....