En tal virtud el ciudadano LUIS ALBERTO FLORES MAYOR, tendrá un régimen de convivencia familiar, en beneficio de sus hijos, los niños IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE, de Nueve (09), Tres (3) y Cuatro (4) años de edad, de la siguiente manera: el padre compartirá con sus hijos los días Martes, Miércoles y Viernes, desde las 4:00 pm hasta las 7 y 30 pm que la madre los llevará y los buscará al hogar paterno. En época decembrina el día 24 y 25 de diciembre, el día 31 de diciembre y 1 de enero, así como en la época de semana santa y la de carnaval, serán compartidos por los padres, un periodo con cada uno, de forma alterna, en los años sucesivos. En vacaciones quince días con cada uno de los progenitores. El día de la madre con la progenitora y el día del padre con el progenitor en los años sucesivos. La madre y el padre se comprometen a cumplir dicho régimen a cabalidad e igu.....