Por todos los razonamientos precedentemente establecidos, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en la ciudad de Puerto Ordaz, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Apelación interpuesta por el ciudadano JORGE LUIS MENDOZA Abogado en Ejercicio y de este domicilio e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 113.184, en su condición de Parte Demandante Recurrente, en contra del Auto dictado en fecha siete (07) de mayo del dos mil diez (2010), por el Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz.
SEGUNDO: SE ORDENA, al Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, la admisión de la prueba de INSPECCION JUDICIAL, promovida por la p.....