Por todo el razonamiento tanto de hecho como de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana ISOLINA JOSEFINA LONDON CEDEÑO, conforme a las consideraciones que anteceden.
SEGUNDO: Se modifica la Sentencia dictada por el Juzgado Primero de Transición de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en el sentido de incorporar a los montos indicados por este en su sentencia de fecha 10 marzo 2004, los intereses sobre las prestaciones sociales conforme a lo establecido en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, solicitada conforme a la tasa activa determinada por el Banco Central de Venezuela tomando.....