Por todas las consideraciones anteriores, este Juzgado Segundo (2°) Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en la ciudad de Puerto Ordaz, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación interpuesta por la profesional del derecho MARIA CAROLINA GUTIERREZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el número 106.989, en su condición de Apoderada Judicial de la Parte Actora. CON LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por la Abogada en Ejercicio JOHLAINY RONCON, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el número 112.911, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte Demandada, contra sentencia proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en la ciudad de Puerto Ordaz, en fecha 07 de Julio de 2009, en el juicio que por INDEM.....