En fuerza de los razonamientos supra señalados, este tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR LA CONVERSION en DIVORCIO DE LA SEPARACION DE CUERPOS de los cónyuges, ciudadanos: YORLEY MARELY CASANOVA MORA y RAMON SAMI RAMIREZ, ambos plenamente identificados en los autos, y de consiguiente disuelto el vínculo matrimonial que unía a los prenombrados cónyuges, por ante el Juzgado Primero del Municipio Heres del Primer Circuito Judicial del Estado Bolívar, según acta N° 92, de fecha 01-12-2007.-