Vista la diligencia presentada por el ciudadano JOSE RAFAEL NATERA T., abogado en ejercicio inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 15.792 quien es apoderado judicial de "DISTRIBUIDORA LACTEO VERONICA S.A." , mediante el cual desiste de la acción y del procedimiento, este JUZGADO TERCERO DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, observa que el apoderado de la parte actora, tiene facultad para Desistir de conformidad con el artículo 154 del Código de Procedimiento Civil y que se trate de materias en las cuales no estén prohibidas las transacciones, cuestión por la cual se imparte, la HOMOLOGACION AL DESISTIMIENTO DE LA ACCION Y DEL PROCEDIMIENTO, de conformidad con los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil.