Por las razones precedentemente expuestas, este JUZGADO QUINTO (5º) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO BOLIVAR EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE el llamado de los terceros intervinientes, sociedades mercantiles SEGUROS PREMIER, C. A. y SEGURO LOS ANDES, C. A., efectuado por la demandada antes de la celebración de la audiencia preliminar;
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión por COBRO DE INDEMNIZACIONES DERIVADAS DE ACCIDENTE DE TRABAJO, incoada por el ciudadano JOEL JOSÉ TOCHÓN, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 14.986.036, en contra de la empresa SURAMERICANA DE ALEACIONES, C. A. (SURAL, C. A.); y
TERCERO: Dada la naturaleza del dispositivo del presente fallo, no hay especial condenatoria en costas. ASI EXPRESAMENTE SE DECIDE.