En fecha 08/05/2009, se dicta sentencia mediante al cual se declara CON LUGAR la Inhibición planteada por el Juez LIZANDRO PADRINO, en su condición de Juez del Tribunal Tercero de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz. De conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 41 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con la norma legal contenida en el artículo 93 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la remisión inmediata del presente expediente junto con su asunto principal, al tribunal de origen para que una vez que éste registre la decisión, remita a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos el expediente en físico e informáticamente, a los fines de la redistribución entre los restantes tribunales de Juicio para la continuación de la causa.