Con relación a los hijos procreados en el matrimonio, los niños: IDENTIDAD OMITIDA, los solicitantes convinieron en los siguiente: PRIMERO: La patria potestad y responsabilidad de crianza será ejercida por ambos progenitores, y la custodia será por la madre; SEGUNDO: La custodia de los hijos será ejercido por el padre. REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR: Los solicitantes de común acuerdo han convenido en el siguiente Régimen de Convivencia Familiar: La madre podrá compartir con sus hijos los fines de semana, cada quince días desde el dia viernes, a las 2:00.pm hasta el día Lunes, a las 7:00.am, que lo llevará al colegio; en la semana los padres almorzaran con los hijos de manera compartida y alterna, es decir, a partir de la semana del 23 de abril 2018, tres (03) días almorzaran con el padre y dos (02) días con la madre. El día del padre con el padre, y el día de la madre con la madre. En cuanto a los cumpleaños de los niños serán compartidos entre ambos padres, quienes celebraran.....