Se dictó decisión en la presente causa acogiendo la calificación correspondiente al Delito de Acto Carnal con Victima especialmente Vulnerable, acordándose medida de protección y Seguridad de la establecida en el ordinal 6º del articulo 87 de la referida Ley especial. Se acordó Medida cautelar sustitutiva de la Privativa de Libertad de lconformidad con lo establecido en el articulo243 en concordancia con el articulo 256 ordinal 1º , consistente en una detención domiciliaria. Se acordó seguir la presente causa por el procedimiento especial. Se ordena notificar a las partes de la presente decisión.