este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 01, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Acuerda: PRIMERO: Se deja sin efecto la orden de Aprehensión, librada en contra de la persona RUBÉN MANZANO GARCÍA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 12.482.132, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 07-12-1972, soltero, de ocupación obrero, hijo de Arlinda García, domiciliado en: Caño Seco II, Calle Principal, Casa Nº 28, cerca del Abasto Principal, El Vigía, Estado Mérida, hasta tanto no se logre la identificación plena del acusado de autos. SEGUNDO: Remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, a los fines que se investigue sobre la identificación exacta del acusado de autos. Notifíquese a las partes. Líbrense los Oficios respectivos. Cúmplase.
JUEZA EN FUNCIONES DE JUICIO Nº 01
ABG. ROSARITO MÉNDEZ BARONE
LA SECRETARIA
ABG......