En fecha 08/06/2012, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, 26, 27, 49, 87, 89, 91, 92, 93 y 131 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; artículos 29, 30, 31, 32 y 33, de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y la parcialmente citada Sentencia N° 1962, de fecha 07-09-2004, caso: PDVSA, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la pretensión de amparo constitucional incoada por la ciudadana YANINI LUGO MARIN, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº 17.039.917, en contra de "MATERIALES Y BLOQUERIA LA ENCRUCIJADA, C.A.", R.I.F.: J-29363720-1.
SEGUNDO: Se ordena a la agraviante la Sociedad Mercantil "MATERIALES Y BLOQUERIA LA ENCRUCIJADA, C.A.", R.I.F.: J-29363.....