En virtud, de que se evidencia que la partida de defunción del ciudadano ROMANO VALENTINI, titular de la Cédula de Identidad Nº E- 81.168.987, ha sido consignada por la ciudadana YELINE LORIANNA VALENTINI DE TORRES, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.844.013, en su condición de hija del fallecido, estando la causa en etapa de ejecución, este Tribunal, en consonancia con los criterios jurisprudenciales y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, acuerda la suspensión el proceso hasta tanto sean notificados los herederos del ciudadano ROMANO VALENTINI, titular de la Cédula de Identidad Nº E- 81.168.987, quien en vida fuera dueño y representante legal de la demandada Empresa INDUSTRIA METALMECANICA VERECA, C.A, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 231 del Código de Procedimiento Civil por aplicación análoga del articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, esto con la finalidad de garantizar la sustitución de la parte fa.....