DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas, esta Jueza Superior Presidenta Suplente de la Corte Accidental, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR la Inhibición presentada por la Dra. DARCY LORENA SÁNCHEZ NIETO, en su carácter de Jueza Provisoria Superior de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, en el Asunto signado con el N° UP01-R-2017-000057, de conformidad a lo establecido en el articulo 89 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase copia certificada de la presente decisión a la Jueza inhibida y guárdese registro en los copiadores respectivos.
Dada, Firmada, sellada y refrendada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy a los ocho (8) días del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017). Años 207º de la Independencia y 158º de la Federación. Cúmplase, Regístrese, Publíquese y.....