- III-
Dispositiva
En fuerza de las consideraciones anteriores este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación de fecha 11/03/08 interpuesta por la parte demandante, abogado RICHARD SIERRA P., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.37.728, inserta al folio 73 de este expediente, en contra del auto de fecha 10/03/08, dictado por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con motivo de la incidencia surgida en el juicio de COBRO DE BOLIVARES, incoado por la abogada MARIA DE LOURDES MANCINI PALMA, en su condición de apoderada judicial del ciudadano ROQUE JACINTO MENDOZA AYALA, en contra de la sociedad merca.....