este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se declara INCOMPETENTE por el Territorio y por la cuantía, para conocer del juicio de PRESCRICPION EXTINTIVA DE LA OBLIGACION seguido por el ciudadano VICTOR MANUEL SANCHEZ PINTO contra la Empresa Mercantil y Cerveza ZULIA, C.A., suficientemente identificados en los autos; y declina el conocimiento de la misma en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en la ciudad de Barquisimeto. En consecuencia, se ordena remitir el presente expediente con oficio a mencionado Juzgado, en la oportunidad de ley.