Se dictó sentencia declarándose, PARCIALMENTE CON LUGAR LA QUERELLA por cobro de intereses moratorios incoada por la ciudadana ALEIDA JOSEFINA MAGO GUEVARA contra el ESTADO BOLÍVAR, en consecuencia, se le ORDENA por órgano de la Gobernación cancelarle a la querellante la cantidad de ocho mil ochocientos veintiséis bolívares con cuatro céntimos (Bs. 8.826,04), por concepto de intereses moratorios causados desde el cuatro (04) de septiembre de 2010 al treinta (30) de enero de 2012 por el retardo en el pago de la prestación de antigüedad.