este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandada recurrente en contra de la Sentencia dictada en fecha 19 de Junio de 2012, que declaró con lugar la demanda, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Ciudad, en la causa signada con el Nº FP02-L-2009-000026. SEGUNDO: SE ANULA el fallo recurrido y en consecuencia se condena a la empresa MEMORIALES BOLIVAR C.A., y/o a la empresa BETA TRES, C.A., de manera solidaria a cancelarle a las accionantes: YADIANA BISIER MARIN y BRENDA RUIZ los conceptos y montos establecidos en la parte motiva de la presente decisión. TERCERO: En cuanto a los intereses de mora, se declaran procedentes sobre la prestación de antigüedad y de los demás conceptos labor.....