VIII
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos precedentemente establecidos, este JUZGADO PRIMERO (1º) SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, CON SEDE EN LA CIUDAD DE PUERTO ORDAZ, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR, el Recurso de Apelación, interpuesto en fecha siete (07) de agosto de 2017, por la ciudadana RUTCELIS GALEA CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, abogado en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº: 101.431, Apoderada Judicial del ciudadano JUAN JOSÈ RIVAS PEREZ, antes identificado, parte demandante en la presente causa; en contra de la decisión de fecha veintisiete (27) de julio de 2017, dictado por el Juzgado Primero (1º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz.
SEGUNDO:¬ SE CONFIRMA la Sentencia de fecha veinti.....