D I S P O S I T I V A
Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: INCOMPETENTE PARA CONOCER el recurso de revisión de Sentencia interpuesto por la Abogada ELBA LEONOR, Defensora Privada del penado JOSE GREGORIO LAFONT SALZAR, en contra de la sentencia condenatoria, emitida por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, mediante la cual se condenó al ciudadano antes mencionado, a cumplir la pena de cuatro (4) años cinco (05) meses y diez (10) días de prisión, mas las accesorias de ley, por la comisión del delito OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPÌCAS, previsto y sancionado en el artículo 149 de LA Ley Orgánica de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad; de conformi.....