DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO BOLIVAR EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PRESCRITA LA ACCIÒN intentada por el ciudadano RAMON SERRES OROZCO, en contra de la empresa C.V.G. ELECTRIFICACIÓN DEL CARONÍ, C.A. (EDELCA), ambas partes plenamente identificadas en autos, y así se decide.
El Tribunal no se pronuncia sobre el fondo de lo debatido, dada la declaratoria anterior.-
Se ordena la notificación de la Procuraduría General de la República de la presente decisión de conformidad en el artículo 95 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Líbrese oficio.-
No se condena en costas dadas las características del fallo.-