Hoy, nueve (09) de enero de 2008, siendo las nueve y treinta minutos de la mañana (09:30 a.m.), día y hora fijada para que tenga lugar la Audiencia Prelimina en la presente causa previo anuncio del acto por intermedio del Alguacil a las puertas del Juzgado, se deja constancia que la parte actora ciudadano: PABLO JOSE GONZALEZ ROJAS, no compareció a la audiencia ni por si ni por medio de cualesquiera de sus apoderados judiciales constituidos en autos y que hizo acto de presencia a la audiencia el ciudadano Abogado: ROGER ELIAS HURTADO RAMOS, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 11.933, en su condición de apoderado judicial de la demandada empresa EL RINCON DEL CORRAL C.A, En merito de lo expuesto, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgadoen nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.-