En mérito de lo anteriormente expuesto este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la presente ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por la ciudadana DIGNA MONSERRA CAMACHO CABRERA, identificada en autos, contra SENTENCIA DICTADA POR EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMER INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO, DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR A CARGO DEL ABOG. MANUEL ALFREDO CORTES BONALDE.