IV
DISPOSITIVO
Por todos los argumentos de hecho y derecho antes expuestos, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DECAIMIENTO DEL RECURSO DE APELACIÓN ejercido y en consecuencia, la confirmatoria del contenido de la decisión de fecha 20 de octubre de 1998 por el extinto Juzgado Segundo de Primera Instancia del Tránsito y del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz.
SEGUNDO: Como consecuencia de la declaratoria que antecede, se CONFIRMA el contenido de la referida decisión por las razones antes expresadas.
TERCERO: Se ordena la remisión del presente expediente al Tribunal de origen, a los fines darle continuidad a la presente causa. Líbrese oficio de remisión.
La presente decisión es.....