Vista la diligencia cursante al folio ochenta y dos (82) del presente asunto, suscrita por las Abogados en ejercicio: ERIKA OJEDA y ZAFIRO NAVAS, inscritas en el Inpreabogado bajo los N° 108.441 y N° 24.555 respectivamente, la primera actuando en su condición de Apoderada Judicial de la parte demandante, y la segunda actuando en su condición de Apoderada Judicial de la parte demandada, mediante la cual solicitaron de mutuo acuerdo ante éste Tribunal la reprogramación de la Audiencia fijada para el día LUNES 09-03-2009, a las 12:00 M. En consecuencia, éste Juzgado, considera que en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda lo solicitado por las partes y a tal efecto acuerda REPROGRAMAR la celebración de la Audiencia Preliminar reprogramada, para el día LUNES VEINTITRES (23) DE MARZO DE 2009, A LAS DOS DE LA TARDE (2:00 PM). No se notifica a las partes por cuanto las mismas se encuentran a derecho de conformid.....