Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil, y de Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA APELACIÓN formulada por el abogado RAMON RONDON MARTINEZ, actuando en su carácter de autos, como apoderado de la parte demandada, EN CONTRA DE LA DECISIÓN DE FECHA 30 DE JUNIO DE 2015, dictado en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCION A COMPRA, incoado por la ciudadana THAIS ELENA MATA en contra de la ciudadana ROSA EULALIA BARRIOS, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y Transito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a cargo de la abogada MARINA ORTIZ MALAVE; en consecuencia queda REVOCADA la aludida decisión, dictada por el referido Tribunal de Primera Instancia, y se declara la PERENCION BREVE DE LA INSTA.....