Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NO ADMITE la representación judicial del abogado Rafael Rodriguez Contasti quien es mayor de edad, de este domicilio e inscrito en el IPSA bajo el Nro. 100.102, por las razones que se expresaron en la parte motiva de la presente decisión.